1. SUPUESTO PRÁCTICO
A) PLANTEAMIENTO
1.- En el anexo I, de las bases reguladoras en su apartado e) se valora el porcentaje de personas que pertenezcan a colectivos con mayor índice de desempleo en el ámbito territorial sobre el número total de participantes, y se valora con 15 puntos que el porcentaje sea de más del 75% del número de itinerarios. Pueden detallarnos cómo se realizará esta baremación?? Por ejemplo si nuestro proyecto tuviera las siguientes características, obtendríamos 15 puntos en este apartado porque el 100% de los itinerarios incluyen colectivos con mayor índice de desempleo??
ITINERARIO 1
Colectivos del itinerario: Seleccionamos 8 colectivos
Personas que pertenecen a colectivo con mayor índice de desempleo en el ámbito territorial: De los colectivos marcados señalamos que 2 personas pertenecerán por ejemplo al colectivo de inmigrantes que tienen un mayor índice de desempleo en el municipio.
ITINERARIO2.
Colectivos del itinerario: Seleccionamos 7 colectivos
Personas que pertenecen a colectivo con mayor índice de desempleo en el ámbito territorial: De los colectivos marcados señalamos que 2 personas pertenecerán por ejemplo al colectivo de inmigrantes que tienen un mayor índice de desempleo en el municipio.
2.- En el mismo anexo en la cláusula i) valora que el proyecto incluya acciones específicas para promover la igualdad, la realización de una jornada de igualdad de oportunidades en el proyecto¿ sería considerada una acción válida?
3.- En la cláusula h) del mismo anexo se valora que el proyecto incluya itinerarios a desarrollar en zonas rurales o urbanas desfavorecidas. ¿Si en un proyecto de cuatro itinerarios uno se desarrolla en zonas desfavorecidas se obtiene la máxima puntuación en el proyecto en ese apartado? ¿ El itinerario que se proponga en zonas desfavorecidas se tiene que desarrollar en esa zona, es decir la formación, tutorías etc se tiene que hacer en la zona, pero se puede contar con participantes de otras zonas??
B) RESPUESTA:
1. Criterio de valoración e) del Baremo. Porcentaje de personas a formar con mayor índice de desempleo sobre el número total de participantes en el proyecto. En el criterio e) se valora el número de personas a formar en el proyecto con mayor índice de desempleo sobre el total de participantes del proyecto, aplicando el baremo de porcentajes indicado en las Bases y la convocatoria. Para ello, en el resumen del proyecto a cumplimentar en el aplicativo informático, en concreto en el apartado "Características del Itinerario.-Datos sobre los criterios de valoración", hay que marcar la opción SI/NO el itinerario incluye a colectivos con mayor índice de desempleo y, en caso afirmativo, indicar el número de personas del itinerario que pertenecen a estos colectivos (ya que por defecto, la aplicación refleja el número total de participantes en el itinerario), así como el porcentaje de desempleo del colectivo/s en cuestión. (Ver el proceso de incorporación de datos en el manual del usurario, punto 3.8.2)
2. Acciones específicas para promover la igualdad. La realización de una jornada de igualdad de oportunidades se valoraría como una acción específica con arreglo al criterio i), ya que la jornada no tiene por objeto alguna de las materias enumeradas en el apartado "Decimoséptimo. Punto 2" de la convocatoria. Además, para valorar la acción, es preciso que la materia de la jornada no esté incluida en la Formación Transversal Obligatoria de los itinerarios "Modulo Transversal. Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres".
3. Desarrollo de itinerarios en zonas rurales o urbanas desfavorecidas. Se valorará el criterio h), con la puntuación indicada en el baremo, si el proyecto incluye algún itinerario a desarrollar en estas zonas y queda justificado en la Memoria técnica.