REB-MERCANCIAS

FAQ - Preguntas frecuentes

Tipología de las Preguntas
  1. 1. ¿Es obligatoria?

    Sí, es obligatoria.
    Lo establece así la Orden TAP/2135/2011, de 18 de julio, por la que se regula la obligatoriedad en la presentación de solicitudes y tramitación por medios electrónicos del procedimiento de la compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en las Illes Balears.



  2. 2. ¿Qué ocurre si presento una solicitud en soporte papel?

    Como existe la obligación de comunicación a través de medios electrónicos y no se utilizan dichos medios, el Área de Fomento de la Delegación del Gobierno en Illes Balears requerirá la correspondiente subsanación, advirtiendo que, de no ser atendido el requerimiento, la presentación carecerá de validez o eficacia.