ORVE

FAQ - Preguntas frecuentes

Tipología de las Preguntas
  1. 1. ¿Cómo configurar el escáner?

    Dentro del proyecto ORVE/SIR se establecen los siguientes requisitos y recomendaciones.
    - Imagen fiel: Adicionalmente a lo establecido en el procedimiento de oficinas de registro para el cotejo por parte del usuario de registro de la imagen escaneada, se recomienda configurar el escáner en modo de detección de color automática, si se dispone. De no disponerse, se deberá garantizar que se puede escanear a color cuando el original se presente con color y el usuario de oficina considere que es necesario para garantizar que la imagen sea fiel al original.
    - Validez jurídica: Aplica otra normativa en cuanto a la validez jurídica del documento (firma, documento electrónico, SICRES 3.0, etc) que al utilizarse ORVE se proporciona a nivel de aplicación y no del escáner.
    - Resolución: 200ppp mínimo como marca la NTI, pero también máximo para evitar aumento en el tamaño de los ficheros intercambiados.
    - Nivel de compresión y tamaño del fichero de salida: El nivel de compresión configurado debe garantizar que la imagen sea legible tal y como requiere la NTI de Digitalización de Documentos. Como referencia el tamaño del fichero de salida de una hoja a doble cara, con resolución de 200 ppp, archivo de salida PDF, a 24 bits de profundidad de color, con la compresión aplicada para que la imagen sea legible, en media debería estar entre 50KB y 200 KB (dependiendo de la densidad y color del original).
    - Recomendable:
    o Alimentador automático de hojas y digitalización dúplex para no penalizar los tiempos de atención al ciudadano.
    o Salida del fichero en .pdf, reconocido dentro del Catálogo de Estándares.



  2. 2. ¿Es obligatorio escanear a color?

    No es necesario disponer de escaneo a color siempre que la imagen del documento escaneado pueda considerarse imagen fiel del documento original en papel, de la misma forma que actualmente se realiza la compulsa de una fotocopia de un documento papel.

    Si el documento original en papel contiene información asociada al color y por tanto una imagen en blanco y negro no se considera fiel al documento original porque pierde información contenida en él, se procederá a tramitar ese registro de la forma habitual en papel, como parte de las excepciones recogidas en el manual de procedimiento de ORVE.